Legislación Ambiental

Deficiencias en las auditorías ambientales: opinan juristas

La Procuraduría Federal de Protección Ambiental (Profepa) ha tratado de dirigir el programa de auditorías ambientales hacia las pequeña y micro industrias sin gran éxito, ya que este plan carece de incentivos, a pesar de que desde 1996 adquirió fundamento, considera la firma de abogados LexCorp.

A su entender, se deben reconocer otros sistemas de administración ambiental, las auditorías no deben incluir parámetros que no sean meramente ambientales y la voluntariedad del programa es un tópico sumamente discutible. Además, la Profepa es juez y parte en lo que a este proyecto se refiere, en virtud de que también tiene la tutela del programa de verificación industrial. La falta de incentivos es el principal problema del programa y se debería abrogar el Reglamento de Auditorías Ambientales.

Para lograr la «excelencia ambiental», se debe diseñar un programa nuevo, que no sea exclusivo del gobierno, sino que haya amplia participación de la sociedad civil y que su alcance sea más allá del mero cumplimiento de la legislación, ya que tendría que ser integrado a los programas de mejora continua.

Actualmente, la tendencia en el programa de inspección y vigilancia consiste en que las empresas, de manera coactiva, cumplan con las obligaciones ambientales. Para la firma de abogados, la idea es buena, pero habrá que agregarle el concepto de que se deberá trabajar con base en la honestidad de los inspectores. Eliminar la disparidad de criterios del área jurídica con el área técnica y una descentralización de funciones agilizaría en gran medida los trámites que «extrañamente» son controlados desde la federación.

Los delitos ambientales no deben convertirse en una nueva arma represora de la autoridad ambiental. Sin embargo, la firma reconoce que gracias a que fueron reformados los tipos básicos de contaminación del aire, agua y suelo, se ha traducido en que los mismos sean más fáciles de aplicar. Otro aspecto positivo es que existen agravantes cuando los delitos se comenten en áreas naturales protegidas.

El despacho de abogados reconoce a su vez que las reformas más importantes a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) fueron al artículo 109 bis, el cual hace obligatorio el RETC, el que se refiere a los acuerdos de colaboración (aunque habrá que esperar a que sean realmente efectivos), las reformas al artículo 150 sobre residuos de alta y baja peligrosidad y al artículo 171, en el cual se incrementaron en 150 por ciento las sanciones.

Otros aspectos positivos son las reformas al artículo 147, con la creación de un seguro de riesgo ambiental; al artículo 168, con la probabilidad de que los particulares convengan con la autoridad para la restauración, y al artículo 182, en el que se otorga la facultad a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de ser coadyuvante del Ministerio Público.

Coincidencias empresariales

Para Leonor Ortiz Paz, presidenta de la Comisión de Control Ambiental y Ecología de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), las regulaciones ambientales son excesivas y poco acordes a las formas productivas del país, los estándares internacionales de comercio «ambiental» son impuestos por el exterior y las políticas gubernamentales son inadecuadas y parciales.

Los objetivos ambientales, plasmados en las leyes, reglamentos, normatividades, permisos, seguros y sistemas de seguridad, en los tres niveles de gobierno, en muchos casos son aún inalcanzables con las estructuras actuales, por lo que los organismos empresariales deben trabajar para la adecuación de toda la normatividad.

Los retos ambientales implican aspectos culturales, regulatorios, operativos, de competencia de mercado y de percepción social. En materia de agua, es urgente cumplir con la normatividad en cuanto a descargas, ser racionales y eficientes en el consumo para producción y servicios e incrementar el uso del agua residual para reuso.

En materia de aire, los retos más importantes según Canacintra, consisten en mantener las emisiones dentro de los límites permisibles, darle prioridad a la administración ambiental antes que a la adquisición de equipos y reconvertir tecnológicas en automotores, chimeneas, calderas y hornos.

En el manejo adecuado de residuos se debe trabajar conforme al marco regulatorio existente (LGEEPA, reglamento, Ley de Residuos, NOM 052) y minimizar la generación y mejorar la administración ambiental adecuándola al reciclado de materiales. Para el cumplimiento de las regulaciones jurídicas, la Canacintra considera que no se debe solamente sancionar o amedrentar, sobornar, imponer una normatividad para que la cumplan unos cuantos. Es más importante educar, informar, para corregir. Para el organismo empresarial, divulgar es sinónimo de crear conciencia por medio de mecanismos de autorregulación que induzcan a la protección y el mejoramiento ambiental de agua, aire, suelo y en la generación de menos residuos.

Pero para la Cancintra, el reto más importante de las micro, pequeña y mediana empresas es enfrentarse a sus propias limitaciones de recursos económicos, científicos, tecnológicos, financieros y culturales. Para ello las cámaras y asociaciones industriales deben trabajar en forma coordinada en la búsqueda de los apoyos e incentivos fiscales reales que hagan posible el desarrollo de estrategias para el cumplimiento de la normatividad y el cuidado del medio ambiente.

Reconoce semarnat limitaciones ambientales

La propia Semarnat reconoce que la aplicación y cumplimiento de la legislación ambiental es poco efectiva por el uso excesivo de instrumentos de control, no existe vinculación entre los principios y los instrumentos de política ambiental, además de que no se utilizan de manera complementaria.

Según Sergio Ampudia Mello, coordinador general jurídico de la Semarnat, la gestión ambiental no es integral y está centralizada, no se han diseñado instrumentos de fomento ni de compensación en materia de servicios ambientales y la legislación ambiental promueve la externalización de costos de los contaminadores al Estado y la discrecionalidad.

En materia ambiental tampoco se cuenta con la figura de la responsabilidad objetiva similar a la establecida en los Reglamentos de Construcción del Distrito Federal y la Ley de Monumentos. No existe, por otra parte, un marco regulatorio de la gestión integral de residuos municipales y la regulación de los residuos peligrosos es aún deficiente.

Con una visión a futuro, la Semarnat considera que es necesario detener y revertir la degradación y contaminación acumuladas en el medio ambiente, realizar la inserción de la política ambiental para la industria en un marco más amplio de criterios de sustentabilidad, hacer explícitas las prioridades de la política ambiental hacia la industria en términos de salud pública, promover decisiones a largo plazo a favor de la protección ambiental y desarrollar sistemas de promoción y propagación del concepto de prevención.

En cuanto a lo económico, en materia ambiental es recomendable internalizar costos, darle una valorización a los servicios ambientales, desarrollando mecanismos financieros para cubrir el costo social de dichos servicios. La Semarnat también recomienda equilibrar la regulación de comando-control con la utilización de instrumentos inductivos y voluntarios, desarrollar y poner en marcha instrumentos económicos (las llamadas normas de tercera generación), así como complementar los instrumentos de comando-control y hacer una responsabilización objetiva ambiental.

También se deben establecer de forma similar los reglamentos de construcción y la Ley de Monumentos, la facultad a la autoridad de intervenir antes de que ocurra el daño.

Un tema muy rezagado es sin duda el de los residuos. Para la Semarnat, se debe crear un marco regulatorio de la gestión integral de residuos municipales y una mejor regulación de los residuos peligrosos, así como distribuir competencias y coordinar de una manera más efectiva los tres órdenes de gobierno, con fines regulatorios.

Sentar las bases para que la gestión ambiental sea integral y descentralizada y que la seguridad jurídica dé certidumbre y reglas claras que ofrezcan seguridad a la inversión. Por último, reducir la discrecionalidad.

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