Desarrollo Urbano

Contingencia atmosférica desde la perspectiva de salud pública ambiental

El desarrollo industrial, la concentración de la población en las grandes ciudades, el desmedido consumo de combustibles que al quemarse generan contaminación, contribuyen a la emisión y concentración de contaminantes que hacen imposible contar con una buena calidad del aire.

El Valle de México es un ejemplo claro de ello, ya que aunado a esto, posee una serie de características fisiográficas y climáticas únicas que contribuyen de manera determinante en la severidad de los problemas de contaminación. Tales características consisten en que:

La ciudad de México se encuentra a una altura de 2,240 metros sobre el nivel del mar, por lo que el contenido de oxígeno en el aire es 23 por ciento menor que en las zonas costeras. Esto hace que los procesos de combustión interna sean menos eficientes y, por tanto, produzcan mayor cantidad de contaminantes.

Está rodeada por montañas de las sierras del Ajusco, Nevada, Chichinautzin, Las Cruces, Guadalupe y Santa Catarina, las que constituyen una barrera física natural para la circulación del viento, lo que impide la salida del aire contaminado fuera del valle.

Recibe una abundante radiación solar debido a su latitud de 19° lo que hace que su atmósfera sea altamente fotorreactiva. En presencia de la luz solar, los hidrocarburos y los óxidos de nitrógeno reaccionan para formar ozono y otros oxidantes.

Las altas concentraciones de ozono constituyen hoy en día el principal problema de contaminación atmosférica en el Valle de México.

Comité operativo de emergencias

El sector salud, como parte activa del programa de contingencias, cumple con las limitaciones del gobierno y además realiza la vigilancia epidemiológica y ofrece atención médica de emergencia a la población. La organización y los procedimientos son dictados por medio del Comité Operativo de Emergencias (COE).

Los objetivos del COE son:

• Proteger la salud de la población.
• Mantener el estado de alerta y actuar de manera coordinada en la atención médica ante el posible incremento de la demanda de servicios médicos.
• Intensificar la vigilancia epidemiológica de enfermedades respiratorias, cardiopulmonares y cerebrovasculares.
• Cuantificar los efectos en la salud de la población, de acuerdo con el grado de exposición.
• Contar con información sobre morbilidad diaria durante episodios de contingencia ambiental.
• Promover acciones de autoprotección a la población.

El programa se inicia cuando el secretariado del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, como secretariado Técnico de la Comisión Ambiental Metropolitana –-encargado de la vigilancia de la Red Automática de Monitoreo Ambiental (Rama)–, da aviso de que en algún monitor se alcanzaron o superaron los 240 puntos del Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (Imeca) de ozono o 175 puntos de partículas menores a 10 micras o la combinación de 225 puntos de ozono y 125 de partículas puntos Imeca y por lo tanto se hace necesaria la implantación de la Fase I de Contingencia Ambiental.

Esta notificación es recibida por la Dirección General de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud, misma que a su vez turna por el medio más rápido (fax y teléfono) a los titulares y representantes (técnico en salud) de las instituciones participantes del COE. De esta acción se desprenden diferentes respuestas, de acuerdo con la estructura institucional, que se agrupan en acciones administrativas, médicas, educativas y de investigación.

Asimismo, se ha implantado la Fase de Contingencia Regional, la cual es activada por la Comisión Ambiental Metropolitana únicamente en alguna de las cinco zonas en donde el monitor haya registrado el valor del Imeca de ozono y/o partículas (PM 10) para declarar contingencia. En ese caso, únicamente, en esa área se aplicarán las medidas de contingencia, y los hospitales y clínicas centinelas de la misma, tendrán que reportar a la Dirección General de Salud Ambiental de manera diaria los datos de morbilidad respiratoria y de mortalidad ocasionada por padecimientos respiratorios, desde el día que fue declarada la contingencia hasta cinco días posteriores al término de la misma.

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