Legislación Ambiental

Aprueba Senado Ley de Cambio Climático en el país

Crea el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático; coordinará la investigación científica y la política de bioseguridad

Ciudad de México.— El pleno del Senado aprobó en lo general, con 76 votos, la primera Ley del Cambio climático, la cual quedó para su primera lectura en el pleno, y en se dispone a discutir las reservas a artículos en particular, en medio de señalamientos de que grupos privados intentan hacer cambios para atenuar el aspecto riguroso de esta nueva disposición.

La nueva ley establece que para la política nacional de mitigación de cambio climático se deberá incluir un diagnóstico y evaluación de las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero que emite el país; esta política deberá establecer metas de reducción.

Para reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero las dependencias y entidades de la administración pública de las entidades federativas y los municipios en el ámbito de su competencia llevarán a cabo políticas y acciones de mitigación tendentes a fomentar prácticas de eficiencia energética y promover el uso de fuentes renovables, añade.

Se deberán reducir las emisiones por el uso de transporte mediante la inversión en la construcción de ciclovías o infraestructura de transporte no motorizado, plantea.

El dictamen expone que la nueva ley tiene como objetivo el definir la concurrencia federal, estatal y municipal en la elaboración y aplicación de políticas públicas de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico en materia de cambio climático.

Además tendrá como objetivo regular las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero de origen antropógeno, es decir, contaminantes que al emitirse a la atmósfera, alteran la composición de ésta, provocando cambios en el clima.

De igual forma, reducirá la vulnerabilidad de la población y los ecosistemas del país frente a los efectos adversos del cambio climático.

La Federación, los estados y los municipios ejercerán sus atribuciones en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico para revertir los efectos adversos del cambio climático.

Faculta a la Federación a elaborar y aplicar los instrumentos de políticas públicas, formular y dirigir la estrategia nacional, elaborar y actualizar el Atlas Nacional de Riesgo que presentará los escenarios de vulnerabilidad actual; establecer procedimientos para realizar consultas públicas y definir y administrar las acciones para enfrentar el cambio climático.

Además, deberá prevenir la degradación de la vegetación, suelo y ecosistemas terrestres, acuáticos y marinos, así como revertir la deforestación. También deberá requerir a las personas físicas el reporte de sus emisiones directas e indirectas.

Crea al Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático para coordinar y desarrollar la investigación científica y tecnológica con la política de bioseguridad, desarrollo sustentable, protección al medio ambiente y cambio climático.

También tratará la política y economía ambiental y de cambio climático, el ordenamiento ecológico del territorio, así como la prevención y control de la contaminación y materiales peligrosos.

Añade que para la formulación de la política nacional de cambio climático se observará la sustentabilidad en el aprovechamiento o uso de los ecosistemas naturales, promoverá la participación ciudadana y la responsabilidad ambiental.

Aclara que la política nacional de adaptación frente al cambio climático se sustentará en instrumentos de diagnóstico, planificación, medición, monitoreo, reporte, velicación y evaluación.

Además, tendrá como objetivos el minimizar los riesgos y daños considerando los escenarios actuales y futuros del cambio climático, así como el identificar la vulnerabilidad y capacidad de adaptación y transformación de los sistemas ecológicos, físicos y sociales, y aprovechar oportunidades generadas por nuevas condiciones climáticas.

Fuente: Excélsior

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