Biodiversidad

Sentencian a dos ciudadanos por delito contra vida silvestre

Se les acusa de retención y venta ilícita de dos loros cabeza roja (Psittacara erythrogenys / aratinga) en la ciudad Guayaquil

Quito, 11 de octubre de 2022.— El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), por medio de la Dirección Zonal 5 presentó una acusación particular ante la a Unidad Judicial de Garantías Penales con Competencia en Delitos Flagrantes, provincia de Guayas, en contra de Jorge Eduardo Ch. R. y Xavier Emilio V. S., por ser culpables de la retención y venta ilícita de dos loros cabeza roja (Psittacara erythrogenys / aratinga) en la ciudad Guayaquil.

Los ciudadanos fueron sentenciados a un año de pena privativa de libertad, multa de cuatro salarios básicos y disculpas públicas a esta cartera de Estado. El hecho sucedido el pasado mes de agosto en el sector de Sauces, mediante un operativo desarrollado de manera conjunta entre la Unidad de Delitos Ambientales de la Policía Nacional (Unidcan) y el personal técnico del MAATE, identificó que las especies de vida silvestre tenían mutilación de sus plumas primarias del lado derecho y bajo peso corporal, además de que se encontraban al interior de una caja de zapatos sin rastro de alimento y agua.

Isabel Tamariz, directora Zonal 5, indicó que “se han realizado rigurosos operativos de control de vida silvestre, por lo que estamos vigilantes a que todos los procesos penales tengan la sanción respectiva. Nuestro compromiso es con el cumplimiento estricto de la ley, en especial que los delitos contra la flora y fauna no queden impunes”.

El MAATE, en coordinación con la Policía Nacional del Ecuador, determinó la custodia temporal de las aves. Esta especie Psittacara erythrogenys acorde con la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés) y a la Lista Roja de las Aves del Ecuador 2018, está en la categoría de Casi Amenazada (NT).

Hacemos un llamado a la ciudadanía para que reporte este tipo de hechos al ECU 911, pues el tráfico y tenencia ilegal de animales silvestres constituye un delito. Nuestro personal técnico trabaja permanentemente en actividades de control y vigilancia para enfrentar esta problemática.

Esta acción es amparada en el Código Integral Penal en su artículo 247, sobre Delitos contra flora y fauna silvestres, señala que “La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

Fotografías: Dirección de Comunicación. Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica

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