Biodiversidad

Sentencian a un año de prisión por cometer un delito contra flora y fauna

Un hombre fue sentenciado a un año de prisión por cometer un delito contra la flora y fauna silvestre en Manabí, Ecuador

Quito, 13 de septiembre de 2022.— Como resultado de una denuncia presentada por la Dirección Zonal 4 del Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica en el cantón Portoviejo, provincia de Manabí, la Unidad Judicial Penal de Portoviejo sentenció a Jairo Andrés C. C. a cumplir un año de pena privativa de libertad y el pago de una multa económica de cuatro salarios básicos unificados, como autor directo del delito contra la flora y la fauna silvestre.

“Esta sentencia refleja el compromiso del Gobierno Nacional por la conservación y protección del ambiente, seguiremos trabajando en las actividades de control y vigilancia que permitan sancionar los delitos en contra de la vida silvestre”, señaló Yeriel Zambrano, directora Zonal 4.

En mayo de 2022 se desarrolló un operativo que contó con 20 personas entre técnicos especialistas de vida silvestre de esta cartera de Estado, miembros de la Unidad Nacional de Inteligencia Ambiental, Unidad de Protección del Medio Ambiente de la Policía Nacional, Criminalística, Unidad Nacional de Investigación y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (UNIPEN), Policía Judicial, Grupo de Intervención y Rescate, y Grupo de Operaciones Especiales.

Como resultado del operativo se aprendió al ciudadano antes mencionado y se retuvo dos loras cabeciazul (Pionus menstruus), dos loras amazona frentiroja (Amazona autumnalis), un tucán mandíbula negra (Ramphastos ambiguus), un tucán arasarí (Pteroglossus erythropygius), un mono ardilla (Saimiri cassiquiarensis) y una guatusa (Dasyprocta punctata). Estos especímenes fueron trasladados a un centro de rescate en el que permanecen bajo observación.

El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica hace un llamado a la ciudadanía a reportar este tipo de hechos al ECU 911 ya que el tráfico y tenencia ilegal de animales silvestres constituye un delito. Nuestro personal técnico trabaja permanentemente en actividades de control y vigilancia para enfrentar esta problemática.

Dato: El Código Integral penal en su Art. 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres. – (Sustituido por el Art. 51 de la Ley s/n, R.O. 107-S, 24-XII-2019). – La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Fotografías: Dirección de Comunicación. Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica

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