Legislación Ambiental

Semarnat publica lista de especies prioritarias para la conservación

En el artículo 62 se especifica que la dependencia correspondiente promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó la semana pasada el acuerdo por el que se da a conocer la lista de especies y poblaciones prioritarias para la conservación.

Por medio del Diario Oficial de la Federación se informa al público en general que, para efectos que se precisan en los artículos 61 y 62 de la Ley General de Vida Silvestre, se difunde esta información en que la Semarnat dará prioridad a la promoción del desarrollo de proyectos para la conservación y recuperación de las especies que se enlistan.

Ley General de Vida Silvestre

Señala en su artículo 61 que las listas serán actualizadas por lo menos cada tres años tomando en cuenta la estrategia para la conservación de hábitats y de otras especies, la importancia de la especie o población para el mantenimiento de la biodiversidad, la estructura y el funcionamiento de un ecosistema o parte de él.

Además su carácter endémico, cuando se trate de especies o poblaciones en riesgo así como el alto grado de interés social, cultural, científico o económico.

En el artículo 62 se especifica que la dependencia correspondiente promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación, recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas involucradas.

Con información de Notimex

Teorema Ambiental

Suscríbete al Boletín

PAÍSES QUE NOS ESTÁN VIENDO