Legislación Ambiental

NOM 044 permitirá reducir 95% de contaminantes de vehículos a diésel

La Semarnat participa en el grupo de trabajo para la modificación a la NOM-016-CRE-2016 a fin de mejorar la distribución y disponibilidad del diésel de ultra bajo azufre en el país

Teorema Ambiental/Redacción

Ciudad de México, 21 de febrero de 2020.— La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informó que la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2017, que aplica para regular las emisiones de contaminantes criterio provenientes de motores nuevos de diésel permitirá una reducción de más del 95 por ciento de los principales contaminantes que emiten este tipo de vehículos, principalmente óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas PM2.5.

Dicha norma “representa un logro importante por ser un instrumento normativo que facilita las condiciones para generar un ambiente sano”, indicó la dependencia federal en un comunicado.

La norma contempla el uso de las tecnologías EPA 10 y EURO VI que requieren diésel con un contenido máximo de 15 partes por millón de azufre, comúnmente conocido como DUBA.

En el caso de México, la oferta de este tipo de combustible es de aproximadamente 86 por ciento, por la producción doméstica de Pemex y de las importaciones, esto aunado a que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha manifestado que la distribución de DUBA está garantizada en las zonas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey, en la franja fronteriza norte y en los 11 principales corredores carreteros del país.

“No obstante, la Semarnat reconoce que es necesario desarrollar un plan en el que la distribución de DUBA se lleve a cabo de una manera más estratégica, particularmente en las ciudades o zonas en las que existan problemas de calidad del aire.

“Por tal motivo, participa en el grupo de trabajo para la modificación a la NOM-016-CRE-2016 (en la que también interviene Pemex) con el objetivo de mejorar la distribución y disponibilidad del diésel de ultra bajo azufre en el país”, agregó la Semarnat.

La dependencia indicó que es importante que México aplique la EPA 10 y EURO VI, a fin de garantizar el derecho humano de todas las personas a disfrutar de un medio ambiente sano y adecuado para nuestro desarrollo y bienestar, como lo establece el artículo cuarto constitucional; además, estar a la altura de nuestros socios comerciales de América del Norte y de la Unión Europea, en cuanto a tecnologías limpias y eficientes.

Es importante tener presente que los óxidos de nitrógeno son precursores de ozono (O3), contaminante cuyas concentraciones se han incrementado en las principales zonas urbanas del país provocando afectaciones en la salud de la población, particularmente en vías respiratorias.

En tanto, las partículas PM2.5 contienen un alto porcentaje de carbono negro (CN), el cual, además de tener efectos carcinogénicos, tienen un alto potencial de calentamiento global.

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