Legislación Ambiental

Difunden alcances del Acuerdo de Escazú entre servidores públicos

Tiene por objeto luchar contra la desigualdad, la discriminación y garantizar los derechos, a las personas en situación de vulnerabilidad, a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible

Teorema Ambiental/Redacción

Ciudad de México, 15 de diciembre de 2020.— El Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable (Cecadesu) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) presentó el Acuerdo de Escazú, con la finalidad de compartir y analizar sus elementos sustantivos entre el personal de la Semarnat y sus órganos desconcentrados y descentralizados.

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú (Costa Rica), tiene por objeto luchar contra la desigualdad, la discriminación y garantizar los derechos, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad, a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

La presentación tuvo la intención de comenzar a dimensionar las responsabilidades que implica el uso de los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia en materia ambiental, explicó la Semarnat en un comunicado.

Agustín Ávila Romero, coordinador general del Cecadesu, afirmó que el Acuerdo de Escazú ha sido ratificado plenamente por el gobierno mexicano y plantea la necesidad de que los actores cuenten con información pública sobre los impactos ambientales de los proyectos que se desarrollan.

Asimismo, enfatizó la necesidad de la participación de la sociedad en la toma de decisiones ambientales y, sobre todo, en la construcción de mecanismos para la protección de los defensores ambientales.

Olimpia Castillo Blanco, de la Iniciativa de Acceso México y coordinadora general de Comunicación y Educación Ambiental AC, presentó los antecedentes, acciones y alcance del Acuerdo de Escazú. En especial destacó la importancia de la aplicación del Artículo 9, que refiere a la protección de las personas defensoras del medio ambiente, propuesta inédita de la sociedad civil.

El 27 de septiembre de 2018, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 15 países firmaron el Acuerdo de Escazú y durante dos años quedó abierto a firma. Actualmente 24 países han firmado el tratado y oficialmente hay diez ratificaciones. En el caso de México, se aprobó la ratificación del tratado y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2020.

En su participación, Andrea Ulises Cerami, de la iniciativa de Acceso México y coordinador de Derechos Humanos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), explicó que el Acuerdo de Escazú se plantea como un tratado directamente vinculante y exigible, que propone una nueva forma de gobernanza en materia ambiental. En ese marco, destacó el artículo 1 referido a proteger el derecho de cada persona al acceso a la información, participación y justicia ambiental; los artículos 5 y 6, sobre acceso a la información ambiental; el artículo 7, para garantizar el derecho a participar en la toma de decisiones ambientales; el artículo 8, donde se establece el tema de acceso a la justicia ambiental y el artículo que menciona la protección a defensores ambientales. En este último, puso énfasis en la situación de violencia nacional hacia ellos.

Por su parte, José Luis Juan Bravo Soto, director general adjunto de Participación y Atención Ciudadana de la Unidad Coordinadora de Participación y Transparencia de la Semarnat, mencionó la importancia del cumplimiento del Acuerdo de Escazú para la secretaría y enfatizó que en próximas fechas se convocará a las diferentes áreas para revisar y analizar el tema de acceso a la información y participación pública.

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