Legislación Ambiental

Clausuran explotación de banco de materiales pétreos en Colima

Por no contar con autorizaciones en materia de impacto ambiental y forestal, Profepa detiene actividades

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró obras y actividades de cambio de uso de suelo de terrenos forestales para llevar a cabo la explotación de un banco de materiales pétreos en un predio del ejido Armería, en Colima.

Dicha clausura, precisó la Profepa en un comunicado, se realizó debido a que el inspeccionado no presentó las autorizaciones en materia de impacto ambiental y forestal que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Las obras y actividades de cambio de uso de suelo, detalló, fueron realizadas con maquinaria pesada en una superficie de una hectárea, cuyo volumen total derribado de vegetación forestal fue de 10.4 metros cúbicos Rollo Total Árbol (RTA) de las especies cacanahual, barcino, ciruelo, papelillo, ozote, huizache, entre otras.

“Los trabajos de extracción de materiales pétreos implicaron afectaciones a los elementos naturales del ecosistema forestal debido a las excavaciones, compactación, cortes, movimiento de materiales y remoción de la vegetación forestal y suelo”, argumentó la Profepa.

También, abundó, al momento de la inspección se observó dicha extracción, modificando y eliminando tal actividad la topomorfa original del terreno.

En este sentido se le informó al inspeccionado las penas y sanciones a que podría hacerse acreedor, con base en el previsto en el artículo 187 del Código Penal Federal, en caso de que quebrantara alguno de los sellos colocados por esta autoridad ambiental.

Según el texto, en el sitio se observaron taludes con pendientes o ángulos casi rectos, sin que se apreciaran bermas, cunetas o sistemas de retención o control de aguas pluviales.

Y es que, indicó, al no realizarse los trabajos de cambio de uso de suelo al amparo de las autorizaciones en materia forestal e impacto ambiental no son adoptadas medidas de control, protección o mitigación a favor del medio ambiente, la flora y la fauna silvestre, vegetación forestal y suelo.

Por tanto, de continuar estas actividades de extracción de materiales pétreos sin ningún tipo de medida de prevención, mitigación o restauración, los daños al ambiente habrían seguido, de ahí la necesidad que el proyecto sea sometido a evaluación ante la Semarnat en materia de impacto ambiental, determinándose por consiguiente la clausura total temporal.

Con información de agencias

Teorema Ambiental

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