Transporte

SCT implementa norma de fatiga para conductores de transporte federal

La NOM-087 regula los tiempos de conducción, pausas y descansos que deberán cumplir los conductores del servicio de autotransporte federal

Teorema Ambiental/Redacción

Para evitar accidentes y mejorar la seguridad en las carreteras del país, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-087, que regula los tiempos de conducción, pausas y descansos que deberán cumplir los conductores del servicio de autotransporte federal.

La norma establece que todo conductor deberá hacer una pausa de 30 minutos cuando haya manejado hasta cinco horas continuas, o podrá distribuir la pausa durante un lapso de cinco horas y media, de acuerdo con las condiciones del viaje, indica la dependencia federal en un comunicado.

Asimismo, los periodos de descanso diario de conducción en ningún caso serán acumulables, además de que el conductor debe llevar una bitácora de servicio y exhibirla cuando le sea requerida.

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Para el transporte de pasaje de turismo, es obligatorio que cuando la ruta exceda las nueve horas, entre en acción un segundo conductor.

Para transporte de carga el tiempo máximo de conducción es de 14 horas, después de las cuales el conductor tiene que hacer una pausa no menor a ocho horas continuas, además de las pausas mínimas de 30 minutos cada cinco horas.

En la elaboración de esta norma participaron representantes del gobierno federal, entre ellos: Pemex, las cámaras y asociaciones de la industria del transporte como Canacar, Canapat, AMIA, ANPACT, ANTP, AMF, Conatram y Freno, así como empresas permisionarias, Canacintra, Concamin, la Asociación Mexicana de la Industria Química y centros de investigación como IMP, IPN, UNAM y la Academia Nacional de Medicina de México.

Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación el pasado 28 de junio, entrará en vigor 60 días naturales después.

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