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Conafor informará sobre tala de árboles en construcción de tren

Tendrá que proporcionar las coordenadas del paraje denominado Cruz Blanca e informar si el Parque Nacional Miguel Hidalgo es área natural protegida

conafor-infoCiudad de México.— El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Nacional Forestal (Conafor) buscar y entregar el número de árboles talados para la construcción del tren interurbano México-Toluca.

Tendrá que proporcionar las coordenadas del paraje denominado Cruz Blanca e informar si el Parque Nacional Miguel Hidalgo es área natural protegida.

El Pleno del INAI resolvió un recurso de revisión a cargo del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, mediante el cual un particular se opuso a la respuesta del sujeto obligado al declararse incompetente para contestar su solicitud de información.

Al exponer los argumentos de la resolución, el comisionado Monterrey Chepov afirmó que es evidente el interés social de acceder a la información solicitada, dada la trascendencia de la obra proyectada y el impacto ambiental en cinco municipios del Estado de México y dos delegaciones de la Ciudad de México.

“Debe insistirse que un proyecto de tal magnitud, que involucra la concurrencia de varias autoridades y que si bien se ha dicho que el mismo traerá como resultado un transporte sustentable, amigable con la naturaleza y el entorno social, también se ha reconocido que éste provocará un mínimo impacto negativo para la zona metropolitana para el valle de Toluca, el parque La Marquesa y la Ciudad de México”, señaló.

En su primera respuesta la Conafor dijo no tener competencia y orientó al particular a presentar su requerimiento ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. En alegatos señaló no contar con atribuciones para administrar los datos requeridos y que no por tener la denominación “forestal” significa tener facultades para responder a lo solicitado.
En el análisis del expediente, se identificó que el sujeto obligado tiene la Coordinación General de Conservación y Restauración, la Coordinación General de Planeación e Información y las gerencias regionales, unidades administrativas que podrían tener la información reclamada.

Es decir, esas dependencias de la Conafor llevan a cabo acciones tendentes a la protección, conservación y restauración de ecosistemas forestales, que guardan relación con las actividades de tala de árboles para la construcción del tren México-Toluca.

Adicionalmente se detectó que la gerencia de la Conafor en el Estado de México expuso ante el Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible una presentación en relación con la tala de árboles para la obras.

Por otra parte, de la revisión a la normatividad, se determinó que la Conafor, a través de su Coordinación General de Planeación e Información y las gerencias regionales se encargan de integrar el Sistema Nacional e Información Forestal y el Inventario Nacional Forestal.

La resolución señala que el sujeto obligado actuó en desapego a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia, puesto que no adoptó las medidas necesarias para localizar la información, no obstante que cuenta con las facultades para atender el requerimiento.

Con base en los argumentos expuestos, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Conafor y le instruyó a que realice una búsqueda exhaustiva en todas las unidades administrativas, entre ellas la Coordinación General de Conservación y Restauración, la Coordinación General de Planeación e Información, y la Gerencia Regional en el Estado de México, e informe al particular de lo solicitado.

Fuente: Teorema Ambiental, imagen

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