Legislación Ambiental

Las consecuencias del libre mercado para el maíz mexicano

La entrada de transgénicos en México fue apoyada por la Ley de Bioseguridad para Organismos Genéticamente Modificados, esta ley pone en riesgo la integridad de ecosistemas y la salud humana del país

La aplicación del modelo económico neoliberal en México descansa en una fe inquebrantable en las bondades del libre mercado. Esa confianza no está sustentada ni en la teoría económica ni en la experiencia histórica. Pero eso no ha impedido a los ideólogos neoliberales mexicanos apoyar este acto de fervor religioso con la “desregulación” para quitar obstáculos al funcionamiento de ese bondadoso mecanismo que es el mercado. Los grupos corporativos que buscan abrir el campo mexicano a la siembra de sus cultivos genéticamente modificados aprovechan esta visión para sus fines.

La apertura del agro mexicano a los cultivos transgénicos recibió un apoyo excepcional con la aprobación de la Ley de Bioseguridad para Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) en 2005, que poco tiene que ver con la bioseguridad y mucho con la promoción del lobby de la industria de la biotecnología y su afán de introducir organismos genéticamente modificados (OGM) en el campo mexicano.

El Congreso tuvo muy mal tino al aprobar atropelladamente un cuerpo legal que pone en riesgo la integridad de ecosistemas y la salud humana en el país. Los arquitectos de la LBOGM fueron los principales interesados en promover esta tecnología y, desgraciadamente, el Congreso no pudo erigirse en el espacio de reflexión y análisis adecuados. Faltó un debate serio entre productores, consumidores y científicos.

Hoy se tiene un ordenamiento tan mal concebido que varios puntos se les fueron de las manos a los promotores de la ley. En las prisas por sacar adelante el proyecto dejaron elementos que hoy se les presentan como obstáculos para sus fines comerciales. El mejor ejemplo está en el artículo 2, fracción XI de la LBOGM, el cual establece la obligación de definir un régimen de protección especial para el caso del maíz y de los cultivos que tienen en México su centro de origen.

A la fecha no se ha diseñado ese régimen de protección y las compañías de biotecnología buscan por todos los medios la manera de salvar ese obstáculo. El intento más reciente es el anteproyecto de acuerdo por el que establecen las políticas de bioseguridad a que se sujetarán la Sagarpa y la Semarnat “para el fomento y desarrollo de un régimen de protección especial del maíz”. El documento fue dado a conocer el 29 de mayo por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).

Ese documento es absurdo desde todos los puntos de vista. En primer lugar, su principal objetivo no es la bioseguridad, sino abrir la puerta a los cultivos transgénicos. Su retórica menciona la importancia de la diversidad genética en México, pero su finalidad es simular la existencia de un sistema de resguardo y tutela para los cultivos mencionados en la LBOGM y facilitar así la siembra “experimental” de maíz transgénico. Todo lo demás serían simples trámites que los interesados (las compañías de biotecnología) podrían llevar a cabo sin mayores dificultades.

En segundo lugar, el acuerdo cancela cualquier posibilidad de establecer un régimen de protección adecuado. Cuando se introducen algunas condiciones interesantes, inmediatamente se les anula en un engañoso juego de excepciones. Por ejemplo, para garantizar el aislamiento en experimentos de liberación al ambiente de maíz transgénico el artículo 7 del acuerdo señala que se debe conservar una distancia mínima de 1,800 metros entre el lote en el que se lleve a cabo la siembra y otros campos de maíz o de poblaciones silvestres o afines con las que pueda hibridar. Se podría pensar que eso es un avance, pero el párrafo final del artículo es contundente: los límites pueden modificarse en función de la topografía, los vientos, condiciones de humedad y clima, etcétera. Sólo faltó añadir que también pueden modificarse en función de los caprichos y salud estomacal del funcionario en turno.

En tercer lugar, y esto es lo más importante, no existe todavía un reglamento para la LBOGM. Por eso es improcedente facultar a las secretarías en cuestión para desarrollar el régimen de protección de estos cultivos mediante un “acuerdo”. El régimen de protección especial debe ser objeto de una normatividad, no de un acuerdo entre secretarías. Si los abogados de la Cofemer no se han dado cuenta de eso, se enfrentarán a una sorpresa en tribunales. De hecho, la esquizofrenia de la Cofemer es patente, pues ya está considerando un anteproyecto de reglamento para la LBOGM. ¿No se darán cuenta de la contradicción?

La Cofemer es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, cuyo portal electrónico anuncia con orgullo que el primero de los elementos principales de la “mejora regulatoria” es la eliminación parcial o total de la regulación vigente en sectores económicos o áreas específicas. Tal es el celo profesional de la Cofemer, que en este caso está optando por eliminar hasta la regulación que aún no está vigente.

Fuente: La Jornada

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