Contaminación

Restringirán circulación de autos por mala calidad del aire en Nuevo León

De acuerdo con el apartado quinto del artículo 194 bis de dicha normativa, el gobierno neoleonés podrá disponer de medidas preventivas, restrictivas y en su caso suspensivas

Teorema Ambiental/Redacción

Monterrey, Nuevo León, 3 de febrero de 2020.— El Congreso de Nuevo León aprobó en diciembre una reforma a la Ley Ambiental en el estado, para prohibir la circulación de automóviles en caso de contingencia por mala calidad del aire, y que entró en vigor a partir del 31 de enero.

De acuerdo con el apartado quinto del artículo 194 bis de dicha normativa, el gobierno de ese estado podrá disponer de medidas preventivas, restrictivas y en su caso suspensivas, en su ámbito de competencia relacionadas con: prestación de servicios públicos y privados que causen daños a la atmósfera; la actividad industrial, inmobiliaria y comercial de agentes considerados como fuentes fijas de contaminación, y tendentes a reducir la circulación de todo tipo de vehículos que utilicen combustibles fósiles.

La fracción panista en el estado, por su parte, presentó una propuesta de reforma a la Ley Ambiental para que el gobernador en turno y el secretario de Desarrollo Sustentable sean sujetos a multas y la posible inhabilitación, en caso que sea necesario implementar contingencias ambientales.

El diputado Luis Susarrey Flores comentó que recientemente se aprobó una iniciativa para establecer las medidas de contingencia ambiental en la ley. Sin embargo, no fueron aplicadas en enero cuando se presentó mala calidad del aire.

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