Contaminación

Protegen zonas marinas mexicanas

Aprueban con cambios Ley de Vertimientos

La Ley de Vertimientos en Zonas Marinas Mexicanas fue aprobada por unanimidad para regular y asegurar que las acciones que se realizan en aguas marinas estén bajo control y para evitar que sean nocivas para la vida humana, así como de la flora y fauna en el mar.

Los diputados federales avalaron con 404 votos a favor, por unanimidad, cambios al dictamen de esta ley que surgió de una iniciativa del gobierno federal que envió al Senado de la República, y que al modificarla en San Lázaro se devuelve a su Cámara de origen.

En esta nueva legislación se considera que el vertimiento en las zonas marinas en el país debe estar prohibido, salvo en los casos y condiciones establecidas y su autorización debe realizarse por la autoridad competente.

Señala que los criterios que deberán observarse para el vertimiento de desechos, materiales o sustancias, se establecerán de acuerdo con lo indicado en el Protocolo de 1996, relativo al Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, adoptado en Londres en 1972.

En el texto se precisa que por desecho se entenderá cualquier material o producto que se encuentre en estado sólido o semisólido, en líquido o gas contenido en recipientes o depósitos.

Indica que es vertimiento en las zonas marinas mexicanas toda evacuación, eliminación, introducción o liberación en las zonas marinas mexicanas, deliberada o accidental de desechos u otras materias, incluyendo aguas de lastre alóctonas, provenientes de buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones.

Se establece que será la Secretaría de Marina la autoridad en materia de vertimientos y tendrá la facultad de otorgar y cancelar los permisos en la materia.

También para vigilar su cumplimiento y suspender cualquier vertimiento deliberado de desechos u otras materias que contravengan las disposiciones, agregó.

Se indica que se realizarán visitas de inspección y vigilancia e investigaciones oceanográficas, actuaciones, emitir dictámenes y resoluciones, así como fijar las medidas preventivas para evitar el vertimiento de desechos u otras materias que ocasionen daños o alteraciones al ambiente costero o marino.

Entre lo que se aprobó destaca que para imponer una sanción, la Secretaría deberá notificar previamente al presunto infractor del inicio del procedimiento, mediante oficio en el que se especificarán los hechos y las disposiciones legales que se consideran violadas.

También, en su caso, las disposiciones que el permisionario debe cumplir para subsanar los daños ocasionados al ecosistema marino

Con información de Notimex

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